Estudio Académico y Jurídico
Parashá Nasó א-ששׂנ
Elevar, Asumir Identidad y el Marco Normativo de la Propiedad Intelectual y Obras Literarias
Basado en las enseñanzas de Moreh Yojanan ben Peretz y el marco legal aplicable
📖 Introducción a la Parashá Nassó y Estructura Aliyot
La porción semanal aborda las casas paternas, el conteo riguroso y la responsabilidad espiritual en el desierto de Bamidbar (Números 4:21 - 7:89).
📜
🔍 Primera a Tercera Aliyah
- Números 4:21-37: Primera Aliyah, elevación y censo de los guershonitas.
- Números 4:38-49: Segunda Aliyah, conteo de los hijos de Merari.
- Números 5:1-10: Tercera Aliyah, el concepto de ser contado (Pakád) y responsabilidad personal.
📜 Cuarta a Séptima Aliyah
- Números 5:11-31: Cuarta Aliyah, métodos de interpretación y fidelidad.
- Números 6:1-27: Quinta y Sexta Aliyah, el Nazareato y la Bendición Sacerdotal.
- Números 7:1-89: Séptima Aliyah, ofrendas de los príncipes y el Beit Av (Casa del Padre).
🌿 Análisis Filológico y Exegético
El verbo Nasá significa elevar la cabeza, asumir responsabilidad y cargar con un llamado. No implica liviandad espiritual, sino un compromiso profundo con la identidad y el propósito comunitario.
El texto sagrado se estudia a través de cuatro niveles: Peshat (simple), Remez (alusivo), Derash (investigativo) y Sod (secreto). La Guematría permite examinar los valores numéricos de las letras hebreas para confirmar conceptos fundamentales como Ejád y Beit Av (Casa del Padre).
⚖️ Marco Legal: Propiedad Intelectual y Obras Literarias
En el ámbito de la creación literaria y artística, la protección de las obras del pensamiento humano se encuentra rigurosamente regulada. Conforme a la Ley Nº 9.739 (de Propiedad Literaria y Artística) y su modificativa Ley Nº 17.616, así como los estándares internacionales consagrados en el Convenio de Berna (aprobado por Decreto-Ley Nº 14.910) y el Tratado de la OMPI (Ley Nº 18.036):
- Artículo 1 de la Ley Nº 9.739: Protege el derecho moral del autor de toda creación literaria, científica o artística, reconociendo su derecho de propiedad sobre las producciones de su pensamiento.
- Artículo 26 de la Ley Nº 9.739: Establece que la obra en colaboración constituye una propiedad indivisa, otorgando a los coautores iguales derechos salvo pacto expreso en contrario.
- Jurisprudencia Relevante (Sentencia Nº 352/2013 de la Suprema Corte de Justicia): Confirma la correcta aplicación del art. 46 de la Ley Nº 9.739 (modificado por el art. 15 de la Ley Nº 17.616) frente a infracciones en la reproducción y tutela de obras literarias y colaborativas.
- Sentencia Nº 58/2013 (Juzgado Ldo. Civil 12º Tº): Analiza la titularidad del derecho de autor y la protección registral en la Biblioteca Nacional, salvaguardando los legítimos intereses de los creadores frente a usos no autorizados.
📚 Fuentes y Referencias
- 📖 Contexto Primario: Moreh Yojanan ben Peretz, “Quien es la familia de Yahwéh?? - Parashá Nasó א-ששׂנ Eleva” (© 2024-2025).
- 📜 Legislación Nacional: Ley Nº 9.739 de Propiedad Literaria y Artística; Ley Nº 17.616 de Derechos de Autor y Derechos Conexos; Decreto-Ley Nº 14.910 (Convenio de Berna); Ley Nº 18.036 (OMPI).
- ⚖️ Jurisprudencia: Sentencia de la Suprema Corte de Justicia Nº 352/2013; Sentencia del Tribunal de Apelaciones Civil 7ºTº Nº 56/2009; Sentencia del Juzgado Ldo. Civil 12º Tº Nº 58/2013.
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